Programa Juris Doctor

Regulaciones Académicas

El grado de Juris Doctor se confiere a estudiantes que hayan aprobado un mínimo de 94 créditos requeridos para el grado de Juris Doctor en la Escuela de Derecho, con un índice mínimo de 2.00 de promedio general.  Los 94 créditos incluyen 76 créditos en cursos requisitos y 18 créditos en cursos electivos para los estudiantes de la sesión diurna.  Para los estudiantes de la sesión nocturna, se requieren 74 créditos en cursos requisitos y 20 créditos cursos en electivos.

Entre los cursos electivos, para ambas sesiones, el estudiante debe aprobar un seminario en el que realice y redacte una monografía.  El propósito de esta norma es desarrollar destrezas de investigación y redacción entre los estudiantes.

Los estudiantes de la sesión diurna podrán matricularse en un número máximo de 16 créditos por semestre y un mínimo de 10 créditos. El estudiante de la sesión nocturna se puede matricular en un número máximo de 12 créditos por semestre y un mínimo de 8 créditos. Durante las sesiones de verano el máximo de créditos que pueden tomar son seis (6) créditos en nuestra Escuela.

El estudiante diurno para graduarse tiene que estar un mínimo de tres (3) años y un máximo de siete (7) años.   El estudiante nocturno tiene que estar cuatro (4) años mínimo y siete (7) años máximo. El Decano tomará la decisión final respecto al número total de créditos que podrá tomar un estudiante, tomando en consideración las circunstancias académicas que concurran en cada caso. Esta excepción no aplica a los estudiantes de primer año, de ambas sesiones, que tendrán un programa de estudios determinado por la Escuela de Derecho.

A discreción de la Escuela de Derecho, el grado Juris Doctor puede conferirse con los honores que a continuación se indican a aquellos graduandos que hayan completado satisfactoriamente todos los requisitos y que hayan alcanzado los siguientes promedios generales:

CUM LAUDE 3.30
MAGNA CUM LAUDE 3.50
SUMMA CUM LAUDE 3.80