El Tribunal Supremo ante las Primarias Electorales de Puerto Rico, al rescate de nuestros Derechos

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Paloma Isabel Rubí Crespo Santiago-Estudiante de Derecho 

 

Todos fuimos testigos de lo que sucedió en las Primarias Electorales el pasado, 9 de julio de 2020. Muchas personas se presentaron a trabajar como funcionarios a los colegios electorales asignados, y otros se presentaron en ánimos de votar a la primera hora del día. Todo esto mientras sufrimos de una crisis salubrista por el COVID-19 cuyos casos continúan en aumento alarmantemente. Algunos colegios electorales abrieron y los electores tuvieron la oportunidad de votar en las primarias como de costumbre en cada cuatrienio. Mientras que en otros colegios, de 59 precintos para ser exactos, los electores no pudieron ejercer su derecho al sufragio puesto que las papeletas para votar no se distribuyeron correctamente o se incumplió con el horario establecido según el nuevo Código Electoral vigente. Así las cosas, el presidente del Partido Nuevo Progresista (PNP), Thomas Rivera Schatz junto con el presidente del Partidos Popular Democrático (PPD), Anibal José Torres, en común acuerdo y con las Comisiones de Primarias de ambos partidos, acordaron suspender las primarias a raíz de las deficiencias experimentadas por los electores. De igual manera, también se prohibió la divulgación de los resultados preliminares de cualquier colegio, unidad o precinto. Horas después, a través de un comunicado de la Comisión Estatal de Elecciones (en adelante, CEE), se hizo oficial la suspensión. Acto seguido, los precandidatos a la gobernación de ambos partidos (PPD y PNP) y la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU) oponiéndose a dicha decisión, solicitaron al tribunal en un recurso, el cual fue consolidado, si el acuerdo alcanzado por las respectivas Comisiones de Primarias de ambos partidos es válido parcial o totalmente; cuál fue el efecto que tuvo la posposición de dichos comicios sobre los votos emitidos; y si corresponde divulgar los resultados oficiales en los que los electores lograron ejercitar su derecho al voto.

Mediante un recurso de certificación intrajurisdiccional, el actual candidato a la gobernación por el PNP, Pedro Pierluisi Urrutia, solicitó la intervención del Tribunal Supremo y éste paralizó los procedimientos en el Tribunal de Primera Instancia, concediendo a las partes involucradas que se expresaran ante el recurso solicitado. Habiendo el Tribunal Supremo observado los alegatos de las partes, se dispuso a resolver la controversia. En la opinión escrita por el honorable juez Filiberti Cintrón, se ordenó la continuación del evento primarista para el siguiente domingo en los precintos que no recibieron los materiales electorales, o los que no comenzaron el proceso de votación, o los que comenzaron fuera de los horarios establecidos y no cumplieron con el requisito de estar abierto durante 8 horas. De igual manera se ordenó que los votos de las personas que pudieron ejercer su derecho sean válidos y no se anularán. No obstante, para proteger y garantizar el derecho constitucional de los electores, se prohibió la divulgación de los resultados preliminares y oficiales de la votación de las primarias que se pudieron realizar para el 9 de agosto de 2020. Lo importante y peculiar de esta decisión fueron las opiniones de los honorables Jueces del Tribunal Supremo.

El Tribunal expresó su descontento y basó su decisión en la deficiencia que la CEE causó a miles de electores dejándolos sin la oportunidad de expresar su voluntad en las urnas. En primer lugar, el caso Pedro Pierluisi-Urrutia y Eduardo Bhatia Gautier v. CEE y otros, reitera que el derecho fundamental al voto consagrado en el Artículo II, sección 2 de nuestra Constitución, es una de las garantías fundamentales de nuestro sistema democrático de gobierno, mediante el cual el Pueblo ejerce su poder soberano y expresa su voluntad. Continuando en esa línea, nuestra jueza Presidente, la honorable Maite Oronoz Rodríguez en una Opinión de Conformidad expresó que las primarias fueron “[u]na alerta dura de peligro de adoptar practicas que se asemejan más a un régimen autoritario, que a la democracia que nos distingue como Pueblo.” Así también, denunció la incompetencia administrativa de la CEE y de sus oficiales principales los cuales negaron a los electores el derecho fundamental al voto. La honorable jueza asociada Anabelle Rodríguez Rodríguez en su Opinión de Conformidad expresó su insatisfacción e indignación para con la CEE. Expresó que nuestro Sistema electoral recibió un atentado contra la participación ciudadana a raíz de un nuevo Código Electoral que cambió sustancialmente las reglas de la contienda eleccionaria y un Presidente de la Comisión Estatal de Elecciones incapaz de desempeñar eficazmente el cargo para el cual fue designado. Por otro lado, el honorable juez Luis Estrella Martínez, afirmó que el proceder de la CEE en las primarias “[n]o solo fue incompetente y seriamente negligente, sino que además fue contraria a su ley orgánica y a sus reglamentos interpretativos”, al igual que enfatizó que este evento constituyó uno de los fracasos a la justicia electoral y a la democracia más lamentables en la historia de Puerto Rico.

Estas opiniones, no se alejan de las otras restantes de nuestro honorable Tribunal Supremo, que al igual que nosotros los ciudadanos, fueron testigos de la incompetencia y el mal manejo de un proceso que debe ser justo, ordenado, democrático y libre de fraudes. Un proceso eleccionario que no tiene justificación y en el cual la culpa es huérfana, el ciudadano sufre las consecuencias. Al rescate de nuestros derechos, en honra a nuestra Constitución. El derecho al voto fue violado y el Tribunal Supremo lo vindicó. Al siguiente domingo, observamos que las Primarias Electorales transcurrieron sin anomalías que reportar y formalmente conocemos quienes son los nuevos candidatos a las elecciones generales. Con ello debemos preguntarnos, ¿La CEE estará preparada para no cometer las mismas negligencias de las Primarias Electorales el día de las Elecciones Generales? ¿Tendrá nuestro honorable Tribunal Supremo que intervenir nuevamente al rescate de la Constitución? Solo nos queda esperar por las respuestas.