La querella será atendida diligentemente, conforme lo establece la Sección 2 del Artículo IX del Reglamento. Una vez sometida la querella, se acusará recibo en tres (3) días laborables. En un término de dos (2) semanas, se llevará a cabo una reunión con el/la estudiante o se responderá a la querella en sus méritos.
De no estar conforme con la determinación de la querella, puede presentar una apelación ante el/la Decano/a, cuya determinación será final.
Para más información sobre el procedimiento para atender la querella y su derecho a apelar, favor revisar el Artículo IX del Reglamento de Estudiantes, disponible en Reglamento de Estudiantes de la Escuela de Derecho PUCPR 2019.pdf